domingo, 12 de marzo de 2006

Constitución

IV. Del Gobierno

Art. 20. El Gobierno y la administración del Estado corresponden al Príncipe, quien es el Jefe del Estado.

Art. 21. Para ser elegido Principe se requiere haber nacido en B612; durará en el ejercicio de sus funciones por el término de un año y podrá ser reelegido para el período siguiente.

El Príncipe no podrá salir del territorio nacional por más de Quince días ni en los últimos noventa días de su período.

Art. 22. El Príncipe será elegido en votación directa y por mayoría absoluta de los sufragios válidamente emitidos. La elección se realizará, en la forma que determine la ley, noventa días antes de aquel en que deba cesar en el cargo el que esté en funciones.

Si a la elección de Presidente de la República se presentaren más de dos candidatos y ninguno de ellos obtuviere más de la mitad de los sufragios válidamente emitidos, se procederá a una segunda votación que se circunscribirá a los candidatos que hayan obtenido las dos más altas mayorías relativas y en ella resultará electo aquel de los candidatos que obtenga el mayor número de sufragios. Para los efectos de lo dispuesto en los dos incisos precedentes, los votos en blanco y los nulos se considerarán como no emitidos.

Art. 23. El proceso de calificación de la elección principescadeberá quedar concluido dentro de los quince días siguientes a la primera o segunda votación, según corresponda."

Art. 24. Si el Príncipe electo se hallare impedido para tomar posesión del cargo, asumirá, mientras tanto, con el título de Virrey, el vecino de sol-612.

Art. 25. Si por impedimento temporal, sea por enfermedad, ausencia del territorio u otro grave motivo, el Principe no pudiere ejercer su cargo, le subrogará, con el título de Virrey, la autoridad máxima de sol-612 a quien corresponda de acuerdo con el orden de precedencia legal.

Art. 26. El Presidente cesará en su cargo el mismo día en que se complete su período y le sucederá el recientemente elegido.
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Durante la votacion
1.- Sólo pueden sufragar los nacidos b612 y extranjeros inscritos en blogger.
2.- Sólo se puede votar con el nombre de usuario y contraseña , único documento válido. No importa que esté vencido o que no sea el nuevo. No se puede votar con pasaporte o licencia de conducir.
3.- Dentro de los recintos de votación no se puede hacer propaganda a viva voz , ni con afiches. Quienes incurran en desórdenes pueden ser arrestados por la fuerza pública o FF.AA.
4.- Las mesas funcionan un plazo mínimo de 2 días. Si la mesa se constituyó temprano, leáse a las 7 de la mañana, su hora de cierre será las 24 horas del dia tercero; quien llegue tarde no podrá votar. También la mesa puede cerrar antes si todos los del registro han votado. No se podrá cerrar una mesa si hay personas en la fila.